EL ACENTO EN LA PRESION TRIBUTARIA

La Asociación Empresaria de Rosario reúne a empresarios de distintos sectores y ejerce su representación en los distintos niveles del Estado. Esta vez, los comerciantes le pusieron el acento a la presión tributaria. Cuáles son los impuestos, qué problemas generan y cuáles son las modificaciones a realizar, son los puntos que ocupan a la entidad.

Las cantidades vendidas por los comercios minoristas cayeron 3,8 % en abril frente a igual mes del 2016. Con ese resultado, las ventas acumulan una baja promedio anual de 3,7 % en los primeros cuatro meses de 2017.
Estos datos, más el saldo negativo de 2016, permiten afirmar que los comerciantes de pequeñas y medianas empresas le hacen frente a una situación compleja. Sin intención de redundar en discusiones políticas partidarias sobre las causas es claro que
son épocas para afinar el lápiz. Al término del primer trimestre el presidente de la entidad Ricardo Diab explicaba: “Creemos que el panorama seguirá de esta forma hasta que se termine de reacomodar el mercado. Para que todo mejore se debe frenar la inflación y empezar a mejorar el poder adquisitivo del salario. Mientras eso no ocurra, va a ser difícil salir adelante. Hoy se está esperando sólo el derrame que pueda generar la obra pública y la construcción privada, pero por la vía directa no hay ninguna perspectiva de que crezca el consumo”.
Promediando el cierre del primer semestre se puede decir que se desaceleró la caída de las ventas pero sigue siendo difícil. Sin ir más lejos, los referentes de distintas zonas comerciales y rubros rosarinos, estuvieron una vez más en la Asociación Empresaria de Rosario para expresar su gran preocupación por aquellas problemáticas que los aquejan. “Hay una situación económica compleja, que se plasma en la caída de las ventas, a las que se suman las cargas impositivas, el aumento de la tarifa de la energía y la realización de obras frente a los locales. Esto pone en jaque a los comerciantes, que hoy nos vinieron a plantear la necesidad de buscar soluciones”, dijo Diab y agregó: “Por eso ya gestionamos reuniones con los funcionarios pertinentes para encontrar respuestas”. Como enumeró el dirigente, uno de los temas centrales es la cuestión tributaria. Cabe preguntarse entonces, ¿por qué se habla de alta presión impositiva en Argentina? ¿Por qué los empresarios sienten agobio a la hora de pagar al Estado lo que corresponde?Distintos profesionales especialistas en la materia fueron consultados por Sociedad Empresaria sobre la cuestión.
“La presión fiscal per se, no es ni beneficiosa ni perjudicial, sino que debe analizarse la otra cara de la misma moneda de la recaudación, que son los servicios e infraestructura que el Estado brinda a sus contribuyentes (los países escandinavos poseen niveles de presión fiscal muy elevados, por ejemplo)”, explicó Franco Rossi, asociado del Estudio Lisicki Litvin.
En este punto la contadora especialista Mónica Carballo coincide: “No se trata de una problemática exclusiva de nuestro país, de hecho en el mundo se discute la presión impositiva, ni tampoco es un tema exclusivo en la provincia de Santa Fe ni en Rosario, es una cuestión que encuentra similitudes en sus defectos entre distintos países, provincias y municipios o comunas. Pero sí es verdad es que hay una triple imposición de tributos, es decir impuestos en los tres niveles del Estado, sobre un mismo concepto”.
En el mismo sentido Rossi explicó: “Lo que provoca que en la Argentina se hable de una presión fiscal desmedida, es que se pasó de una presión total en el año 2000 de alrededor de un 24% (niveles históricos de nuestro país), a una incidencia mayor al 47%para el año 2015 niveles record para la historia económica, sin que haya habido una mejora sustantiva en servicios e infraestructura”. Rossi detalla que a nivel nacional no se produjeron en términos generales sanciones de nuevos tributos, pero el no reconocimiento del “ajuste por inflación” impositivo provocó que se recaude impuestos en términos nominales y no reales. En tanto en las provincias se produjeron incrementos desmedidos de alícuotas y gravabilidad de actividades que con anterioridad se encontraban exentas (por ejemplo, a partir del año 2007, muchas provincias comenzaron a gravar en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos
a la actividad industrial que se encontraba exentas hasta dicho momento de acuerdo al pacto fiscal del año 1994, llegando en
la actualidad a cobrarse alícuotas que rondan el 2%). En el caso particular de las Municipalidades, se observó la proliferación de una enormidad de tasas por servicios que eventualmente nunca se prestan y que se perciben sobre bases desmedidas, por ejemplo las tasas de seguridad e higiene, se perciben en general sobre una base de facturación, lo que provoca que en la mayoría de los casos, el costo del supuesto servicio sea irrazonable.

LO TRATADO EN LA COMISIÓN PROVINCIAL
La Asociación Empresaria de Rosario integra la Comisión de Análisis del Sistema Tributario Provincial. El contador Jorge Sevilla, especialista en la materia, informó que sin perjuicio de los temas que se puedan incorporar este año, algunos de los que quedaron del año pasado para resolver son:
• Proponer la Instrumentación de un registro único de normativas tributarias municipales y comunales que concentre toda la información existente, facilitando la consulta y el acceso a todas las entidades y consejos y colegios de profesionales.
• Proponer la Instrumentación de un registro único de normativas tributarias municipales y comunales que concentre toda la información existente, facilitando la consulta y el acceso a todas las entidades y consejos y colegios de profesionales.
• Proponer las consultas a los organismos académicos pertinentes y a las reparticiones provinciales involucradas acerca del proyecto propiciado por las entidades abajo firmantes, de la creación de los tribunales fiscales provinciales, a los fines de elaborar los alcances, implicancias, factibilidades e instrumentación de los mismos en el ámbito provincial.
• Adhesión de la Provincia a la Ley Pyme 27.264.
• Impuesto de sellos a las ayudas económicas y créditos bancarios que obtengan las micro pymes comerciales y de servicios, encuadradas en la Resolución 39/2016 de la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa.
• Compensación de saldos a favor de los contribuyentes con otros tributos provinciales.
• Exención de sellados provinciales requeridos por trámites a toda actividad de las entidades empresarias.
• Recupero de la Deducción del Derecho de Registro e Inspección en el impuesto sobre los Ingresos Brutos, que no logró ser consensuado, pero sí tomado en cuenta para la determinación de las alícuotas para el periodo fiscal 2017.
• Montos de Multas a los deberes formales.
• Venta por internet. Tratamiento impositivo de compradores en el exterior.
• Impacto del Adicional a los Grandes Propietarios rurales conforme el régimen vigente.
• La actualización de los valores de referencia catastrales, conforme el trabajo del Servicio de Catastro e Información Territorial, que cuenta con la media sanción de la Cámara de Diputados provincial.
• Armado de un documento único e integrador tendiente a la articulación entre las provincias  y los municipios de tributos provinciales y tasas municipales comunales.
• Armado de un documento único e integrador tendiente a la articulación entre las provincias  y los municipios de tributos provinciales y tasas municipales comunales.
• Trabajo sobre la ley de unidad económica agraria.
• Forma de resolución de conflictos e identificación de partidas en condominios rurales.
• Trabajar en la redacción de una ley que actualice, modifique y reglamente la Ley 10.552 de sustentabilidad de las producciones agropecuarias.
• Análisis de las consecuencias del Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias (SIRCREB) en las explotaciones mixtas.
• Contrato de maquila.  Análisis del impacto del Impuesto a los Sellos”.

TRIPLE IMPOSICIÓN
Los municipios y comunas cobran lo que se conoce como Registro de Derecho e Inspección a partir de una tasa sobre los niveles netos de facturación.
En las provincias la principal herramienta de recaudación es Ingresos Brutos, el cual también se aplica por una alícuota a los niveles de ventas o servicios prestados. El mismo “recae sobre las empresas con una tasa – en Santa Fe- que va en general desde el 2.76 % al 4,5 % dependiendo del tamaño del contribuyente. Sin embargo, al ser un impuesto que recae en toda la cadena de valor su incidencia en el precio final al público consumidor es mucho mayor y depende de la cantidad de eslabones que tenga cada cadena. En menor medida también influyen el impuesto inmobiliario urbano y rural, el impuesto de sellos y la patente automotor”, detalló el contador Jorge Sevilla, quien representa a la AER en la “Comisión de Análisis del Sistema Tributario Provincial”, convocada por la API. Al respecto Diab contó: “El gobierno provincial nos convocó a participar en una mesa donde se trata la conformación de la matriz impositiva, participa en representación un dirigente y un especialista, para poder discutir de manera seria la cuestión técnica, y de ello deriva la intención de modificar Ingresos Brutos y SIRCREB, entre otros, pero de hecho nunca es suficiente para el sector que representamos, a lo que se suma ahora la valuación de catastro y la cuestión del riesgo fiscal”.
Los principales inconvenientes expuestos por los comerciantes son la duplicación de la retención del Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias (SIRCREB), ya que se aplica a todos los depósitos ya sea por ventas con tarjeta de crédito, depósitos por pagos a sueldos e incluso movimientos bancarios entre cuentas.
“El banco no distingue la razón del depósito y actúa como dice la norma como agente de retención – explicó el contador Mario Diaz- A ello se suma que la tasa de SIRCREB se modifica de acuerdo al riesgo fiscal y hay casos que, por distintas razones, no se refieren a la actividad comercial específica o a procesos más lentos de actualización, que ponen al empresario en una categoría más alta lo que hace que esa alicuota sea mayor. Incluso, algunas veces mayor que la tasa de Ingresos Brutos, lo que genera un desfasaje, produciendo saldos a favor”.
Para los comerciantes los saldos a favor los perjudican porque hay serios problemas para su recupero, es decir, el SIRCREB sólo puede restarse de Ingresos Brutos y no puede aplicarse a otros impuestos. Por otro lado, también expresan que no son informados a tiempo cuando son recategorizados en el riesgo fiscal lo cual no les permite tener sus cuentas al día.
Estas problemáticas y otros temas fueron planteados en la Comisión por la AER y según Sevilla “la idea es tener terminado el trabajo para el mes de septiembre para darle tiempo a las Cámaras de la Legislatura a tratar los temas que requieran modificaciones legales como para que entre en vigencia el primero de enero de 2018” (ver temas tratados en apartado).
A lo municipal y provincial se suman lo que deviene del régimen nacional: IVA, Impuesto a las Ganancias, Bienes Personales o sustitutos, impuesto a los debitos y créditos bancarios y las cargas sociales por masa salarial.
En cuanto al Impuesto al Valor Agregado grava justamente el valor que se agrega en cada paso de la cadena de producción y comercialización, y termina siendo abonado realmente por el consumidor. Los que más afectan al empresariado son Ganancias que representa el 35% sobre las utilidades, y entre 30 y 35% la presión tributaria por masa salarial que engloba, seguridad social, obra social y ART con un porcentaje que varía dependiendo los convenios salariares y actividades desarrolladas.
No hay que olvidarse de ciertos impuestos específicos para algunos rubros o actividades como son los que se refieren a los combustibles líquidos, internos (ejemplo a los cigarrillos, vinos etc), los derechos de importación y exportación, y los impuestos al débito y crédito (1,2% por movimientos bancarios), entre otros. Claramente esta breve enumeración sobre la triple imposición que se da por la suma de impuestos sobre ventas en el orden municipal, provincial y nacional que permite entender la sensación de agobio que sienten los empresarios en un contexto en que en simultáneo se produce la baja reiterada de las ventas y el aumento de las tarifas de servicios.

LA REFORMA
Tomando las palabras de Rossi, “el sistema tributario de un país es uno de los elementos para medir la competitividad de una economía, aunque por supuesto no el único. Así, existen países con altos índices de presión fiscal, pero muy competitivos en términos económicos, pues los recursos fiscales son dispuestos a generar condiciones de desarrollo económico. Resulta claro que los recursos tributarios, aún en casos de ser elevados, si se encuentran orientados a generar condiciones de competitividad, la presión fiscal no resulta nociva, cuestión que está claro no ocurre en Argentina”. Sin embargo, no es tan sencillo modificar el régimen tributario porque esto se ve condicionado y limitado por el gasto público que, a nivel nacional, se encuentra en déficit fiscal, es decir, en la ecuación ingresos – egresos el saldo es negativo.
Los especialistas aseguran que el cambio debe estar basado en la eliminación de aquello que genera distorsión como por ejemplo el impuesto al cheque, como también la falta de reconocimiento del efecto inflacionario que provoca situaciones irracionales como sucede con Ganancias. Además, precisan que es fundamental consensuar en todos los niveles de gobierno los tributos para evitar múltiples imposiciones sobre una misma manifestación de capacidad contributiva.
Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa – en la que AER forma parte activa – se presentó un proyecto al bloque oficialista de la Cámara de Diputados con sugerencias para la reforma tributaria (ver aparte).
En conclusión, y sabiendo que hay mucha tela para cortar, el desafío es acompañar los cambios con políticas que apelen al crecimiento productivo, y que lo recaudado vuelva en servicios de calidad que incentiven el desarrollo económico. Es decir que los empresarios salgan de la sensación de agobio y esto se traduzca en inversión, producción, valor agregado y empleo. Lo cual, representaría un alza de la masa de recaudación para todos los niveles, no por un aumento de las alícuotas, sino por la redistribución estratégica de los mismos, y el real desarrollo económico.

CAME OFRECE APORTES PARA EL PROYECTO DE REFORMA FISCAL
Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que hemos presentado al diputado Luciano Laspina, titular de la Comisión de Finanzas de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, y a Nicolás Dujovne, ministro de Hacienda de la Nación, iniciativas y recomendaciones respecto al proyecto de reforma fiscal que se tratará en dicha Cámara.
La CAME buscará abordar una problemática que atañe a todo el país: los impuestos provinciales y tasas municipales que no suelen ser tenidos en cuenta al momento de discutir tributos de alcance nacional. Cabe destacar que se hará mayor hincapié en el Impuesto a los Ingresos Brutos, ya que afectan directamente a las Pymes por las condiciones actuales del mercado laboral. Asimismo, resaltamos que el gravamen tiene gran incidencia desde el punto de vista económico y financiero en cuanto a que no se considera la rentabilidad de los negocios que tienen las pequeñas y medianas empresas, ni sus plazos de financiación. A ello se le agregan los problemas de aplicación del Convenio Multilateral, agravado por la generalización de “regímenes de retención”. Al respecto, recordamos que la implementación del tributo en todas las jurisdicciones del país originó conflictos de doble y múltiple imposición, que a su vez crearon dificultades y preocupaciones tanto para los contribuyentes como para los fiscos intervinientes.
En línea con lo anterior, desde la Confederación acercamos tres posibles alternativas para sustituir este gravamen:
1- Un impuesto nacional, en alguna medida similar a la actual, al valor agregado, pero con facetas distintivas y revistiendo un carácter autónomo (Impuesto a los Agregados Económicos).1- Un impuesto nacional, en alguna medida similar a la actual, al valor agregado, pero con facetas distintivas y revistiendo un carácter autónomo (Impuesto a los Agregados Económicos).2- Un IVA en origen (como lo tiene Brasil), que se aplicaría respecto a la alternativa anterior en materia de alcance, formalidades y magnitud del gravamen.3- Un impuesto en la etapa minorista, que se aplicaría en la etapa final, alcanzando exclusivamente las ventas a consumidores finales.En base a estos puntos, CAME ofrece al Honorable Congreso de la Nación un profundo trabajo para enriquecer dicha propuesta, la cual será conformada por un equipo de importantes tributaristas y economistas.